a) Redactar los Reglamentos que se estimen necesarios para el mejor funcionamiento de La Institución y de los diversos departamentos que se creen para el cumplimiento de sus fines y someter dichos Reglamentos a la aprobación de La Asamblea General. Tales reglamentos, de carácter funcional, no podrán ir más allá de estos Estatutos, la Ley y su Reglamento;
b) Cumplir y ejecutar los acuerdos de las Asambleas Generales;
c) Rendir cuenta, anualmente a La Asamblea General Ordinaria de Socios, tanto de la marcha del CLUB como del manejo y la inversión de sus fondos que integran el patrimonio de ésta, mediante una Memoria, Balance e Inventarios que en esa oportunidad someterá a la aprobación de la Asamblea General, debiendo remitir al Ministerio de Justicia con la periodicidad que establezca la legislación vigente, copia de estas memorias y balances;
d) Preparar el Plan Anual de actividades que contendrá al menos las siguientes especificaciones:
El cargo de miembro de La Comisión Revisora de Cuentas es de ejercicio indelegable e incompatible con el de miembro del Directorio o de cualquier órgano de La Organización.